OBLIGACIONES DE LAS SOCIEDADES COMISIONISTAS Y DE SUS REPRESENTANTES
1.Realizar todas sus operaciones en rueda.
2.Entregar a su comitente el comprobante de liquidación de la operación.
3.Intermediar sobre títulos inscritos en bolsa.
4.Guardar reserva, respecto de terceros, sobre las actividades que desarrolle en relación con su profesión.
5.Hacer entrega de los valores y cancelar su precio, sin que pueda alegar falta de provisión.
6.Desarrollar su actividad de tal manera que no se induzca a error a las partes contratantes.
7.Informar a los clientes sobre las operaciones ordenadas.
8.Cumplir estrictamente con las obligaciones que adquieran con las bolsas de valores y otorgar las garantías que éstas les exijan.
9.Verificar la autenticidad de firmas de los comitentes y de los poderes de sus representantes. Responder la autenticidad del último endosante, de la autenticidad e integridad de los títulos valores negociados y salir al saneamiento de los mismos ante el comisionista adquiriente a su comitente.